Blog - Calcular indemnización por lesiones en accidente de tráfico

 

Se amplían los supuestos de accidentes in itinere

El pleno de la sala de lo social del Tribunal Supremo, por unanimidad de todos sus magistrados, ha ampliado los supuestos de accidentes ocurridos al ir o volver del trabajo (in itinere) y los adaptan a la nueva realidad social. Así, dan la razón a un trabajador que cada domingo se desplazaba desde su domicilio familiar en León hasta su residencia laboral, en Almazán (Soria), donde vivía de lunes a viernes al tener su trabajo a 15 kilómetros de este municipio. Este operario de maquinaria pesada, que trabajaba en la construcción de un tramo de autovía, recorría los domingos los más de 300 kilómetros existentes entre su domicilio familiar de Puente Almuhey (León) hasta Almazán, donde residía entre semana, para poder incorporarse a su puesto de trabajo cada lunes a la 8 de la mañana fresco y descansado. Uno de los domingos sufrió un accidente al cruzarse un corzo en la carretera, a 100 kilómetros del centro de trabajo, y la gravedad de la lesiones desembocaron en una inacapacidad permanente total.

Inicialmente, el Instituto Nacional de la Salud consideró el caso como "enfermedad común" y argumentó que el viaje no era de trabajo, sino por motivos particulares. Tras un periplo judicial por el Juzgado de lo Social, Tribunal Superior de Castilla y León y finalmente Tribunal Supremo, este último atendió la reclamación del trabajador al entender que "la finalidad del viaje estaba determinada por el trabajo" y que viajar ese día y a esa hora "era una opción adecuada para, después del descanso, poder incorporarse al día siguiente al trabajo en unas condiciones más convenientes para la seguridad y el rendimiento laboral".

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STS 6487/2013 de 26 de diciembre de 2013 (Recurso 2315/2012) (in itinere)

Roj: STS 6487/2013
Id Cendoj: 28079140012013100862
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 2315/2012
Nº de Resolución:
Procedimiento: SOCIAL
Ponente: AURELIO DESDENTADO BONETE
Tipo de Resolución: Sentencia

 

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Baremo de tráfico 2014

Baremo de tráfico 2014, en vigor

Finalmente este sábado 15 de marzo de 2014 se publicó la tan esperada actualización del baremo de tráfico 2014. A diferencia de otros años, en que éste se publicaba a finales de enero o principios de febrero, en esta ocasión el retraso ha sido más que reseñable, lo que ha dado pie a no pocas especulaciones.

Hemos de tener presente que desde hace varios meses está reunida una comisión cuya finalidad última es acometer una profunda reforma de las indemnizaciones que se pueden cobrar por lesiones en accidente de tráfico, y de ser ciertos los rumores la misma acabará implicando un aumento de las cantidades a cobrar en lesiones graves y una drástica reducción de las leves, con especial incidencia en el latigazo cervical, que se encuentra en el punto de mira de las compañías de seguros por considerarlo una fuente inagotable de fraudes por parte de los ciudadanos.

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Cobrar del seguro tras accidente

Cobrar del seguro tras un accidente de tráfico: quién tiene derecho

Si ha sufrido un accidente de circulación con culpa de un contrario, estos serían los posibles beneficiarios a la hora de cobrar del seguro:

  • El propietario del coche, moto o automóvil que conducía el perjudicado, si ambos son diferentes.
  • El perjudicado, obviamente. Puede cobrar tanto por sus lesiones como por los daños sufridos y gastos habidos.
  • Los familiares del lesionado: Si las lesiones del accidentado implican secuelas importantes, los familiares que tengan que adaptar la casa a la nueva situación o empleen tiempo de forma permanente para atender al perjudicado tendrán derecho a cobrar una indemnización.
  • Los herederos, en caso de defunción de la víctima del accidente de tráfico. En este caso el baremo de accidentes establece qué familiares y por qué orden tienen derecho a cobrar del seguro en estos casos.

Características de la indemnización

Una de las cosas que los clientes de FM Abogados Tenerife nos preguntan con mayor frecuencia cuando van a cobrar del seguro su indemnización es si ésta debe declararse a Hacienda. La respuesta en no, las indemnizaciones no tributan. Ello es así porque no suponen un enriquecimiento de la víctima, ya que lo que cobra es para reponer aquéllo que perdió a raíz del accidente de tráfico, sea su coche o incluso su salud. Es conveniente, eso sí, que le pidan a su abogado que les facilite documentos acreditativos de que dicho importe proviene de una indemnización, a los efectos de que si en un momento dado la agencia tributaria les investiga por dicho ingreso puedan acreditar su procedencia.

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Honorarios de abogado en accidente de tráfico

 

Honorarios de abogado: cuestiones previas

Hasta hace poco los honorarios de abogado no los fijaba el abogado. No al menos en lo tocante al precio mínimo que podíamos establecer para un determinado procedimiento judicial, y que nos venía establecido por nuestros respectivos Colegios de Abogados. Normalmente el Colegio nos enviaba con cierta regularidad un libro de honorarios mínimos por debajo del cual no podíamos movernos.

Por suerte poco a poco la lógica se va imponiendo y los honorarios de abogado empiezan a tener la consideración de lo que son: el precio por un servicio dentro de un mercado competitivo. En consecuencia, es lógico que cada profesional fije de manera libre y no condicionada los precios que considere apropiados para recompensar dicho servicio. Hay compañeros que siguen teniendo reticencias ante esta libertad de precios, aduciendo que modificar los honorarios de abogado a la baja introduce un concepto mercantilista y de competitividad que de alguna manera desprestigia al colectivo. En FM Abogados Tenerife no creemos que el hecho de adaptar los precios a los bolsillos del chicharrero de a pie nos desprestigie, máxime cuando encima le hemos de explicar al cliente que además de pagarnos a nosotros y al procurador deben abonar tasas judiciales.

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Indemnización por latigazo cervical (II)

Indemnización por latigazo cervical: la problemática del accidentado

Decíamos en el artículo Indemnización por latigazo cervical (I) que las compañías de seguros han puesto en el punto de mira las dolencias de tipo cervical, por entender que buena parte de fraudes de los usuarios a las aseguradoras provienen de exagerar o directamente inventarse un esguince cervical a fin de cobrar varios miles de euros por daños inexistentes o sobredimensionados. De hecho, entre las compañías aseguradoras se ha acuñado el término cuponazo cervical para referirse a los presuntos autores de este tipo de estafas.

Pero la indemnización por latigazo cervical tiene otros protagonistas, y es los ciudadanos que realmente lo sufren a consecuencia de un accidente de tráfico. En FM Abogados Tenerife nos enfrentamos a diario con una situación como la que sigue: un cliente sufre un accidente de tráfico (en la mayoría de casos una colisión por alcance trasero) y a las pocas horas se empieza a encontrar mal y acude a un hospital de Tenerife, donde le diagnostican un latigazo o esguince cervical, le ponen un collarín y le recetan antiinflamatorios y analgésicos, citándolo para iniciar la rehabilitación al cabo de unos pocos días. Resulta que como las compañías de seguros, en su eterna paranoia, hacen pagar justos por pecadores, al accidentado ni le practican una resonancia magnética ni le atienden cuando manifiesta que su patología no remite, dándole el alta de rehabilitación a no más allá de veinte sesiones desde el accidente de tráfico, esté como esté, lo cual no tan sólo afecta a la indemnización por latigazo cervical, sino incluso a su salud. En esos casos los clientes nos llaman desesperados porque encontrándose mal son forzados a reincorporarse a su trabajo habitual con grave riesgo de recaída o incluso de accidente laboral, debiendo en algunos casos de sufragarse ellos su propia rehabilitación.

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Indemnización por latigazo cervical (I)

 

Indemnización por latigazo cervical ¿por qué están en el punto de mira?

Si ha sufrido lesiones en un accidente de tráfico en cuya intervención usted no tiene la culpa tiene derecho a cobrar una indemnización. Esta indemnización, como hemos explicado en otros artículos de FM Abogados Tenerife, toma como base los días que haya usted precisado para curarse de su dolencia y las posibles secuelas que le resten tras el alta médica o de rehabilitación. Existe a tales efectos y tal como hemos expuesto en otras ocaciones un baremo de tráfico que establece las cantidades que en concepto de indemnización se puede cobrar por día de baja y por los diferentes tipos de secuelas que una persona puede sufrir a consecuencia de un accidente de tráfico.

Una vez se obtiene una valoración médica de las lesiones sufridas en accidente de tráfico -preferiblemente a través de un informe del médico forense del juzgado de Tenerife más próximo a su domicilio- es tarea del abogado especialista en accidentes que haya usted contratado efectuar una reclamación económica en pos de la mejor indemnización posible, al amparo de dicho informe forense que acredita la existencia y alcance de dichas lesiones.

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La denuncia en accidente de tráfico

 

La denuncia en accidente de tráfico para tener derecho a una indemnización

Si ha sufrido un accidente de circulación culpa de un contrario y quiere cobrar una indemnización por sus lesiones, es importantísimo que interponga una denuncia. De no hacerlo puede encontrarse con problemas importantes que irán desde que la compañía de seguros le indemnice muy por debajo de lo que en derecho le correspondería hasta incluso que se quede sin cobrar indemnización alguna si transcurre el plazo legar sin que ejercite sus derechos.

La denuncia en accidente de tráfico debería ser redactada por un abogado especializado y a ser posible privado (sin vinculación con compañías de seguros). Eso sí, necesariamente la ha de firmar usted (desconfíe por tanto si su aseguradora le dice que ha presentado denuncia por sus lesiones si usted no ha firmado documento alguno).

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La compañía de seguros: trucos sucios

 

La compañía de seguros me presiona para que no contrate un abogado privado

Esta mañana acudió a nuestro despacho de abogados en Tenerife una clienta que había sufrido un accidente de tráfico en la Orotava la semana pasada. Nos conocía porque hace unos meses tramitamos la indemnización por lesiones por un siniestro que había sufrido su novio, y dado que éste quedó contento con nuestros servicios acudió a nuestro bufete pese a las presiones de la compañía de seguros del coche en que viajaba.

Y digo presiones por no decir chantaje. Juzguen ustedes mismos si no: resulta que la chica iba de ocupante junto con su madre en el coche que conducía su padre cuando otro vehículo se saltó un stop y les colisionó, causándoles lesiones consistentes en esguince cervical y lumbar. Hasta aquí todo correcto, pero entonces reciben un sms de alguien que dice ser la abogada de la compañía de seguros de su conductor (omitiré el nombre de la aseguradora, aunque es de las más conocidas y no es la primera vez que usan esta táctica y la verdad que ganas no me faltan) en el cual les dicen a las ocupantes que por póliza el tratamiento médico y rehabilitador de los ocupantes no está cubierto, pero que si no contratan un abogado privado y se conforman con el abogado de la compañía de seguros les “harán el favor” de derivarlos a un centro médico para que les atiendan.

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Cuanto se tarda en cobrar la indemnización

 

Cuanto se tarda en cobrar la indemnización por un accidente de tráfico.

Junto con “cuanto cobraré por mis lesiones”, la pregunta “cuanto se tarda en cobrar la indemnización” es de las más habituales entre nuestros clientes de FM Abogados Tenerife.

La respuesta a esta pregunta depende de dos cuestiones: la propia evolución de las lesiones que sufra el cliente y el tipo de procedimiento que se utilice para la reclamación. El primer condicionante es claro: no se debería bajo ningún concepto cobrar la indemnización hasta no estar dado de alta, ya que en caso contrario se expone a que sus lesiones se alarguen más de lo que inicialmente había previsto, o surjan secuelas con las que no contaba en un primer momento, y se encuentre que ya ha firmado un finiquito renunciando a pedir ninguna cantidad más allá de la que la aseguradora le haya abonado. En cualquier caso, si sus lesiones van a tardar un tiempo considerable en sanar (al menos seis meses) puede consultar a su abogado de accidentes sobre la posibilidad de solicitar un anticipo a la compañía de seguros.

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