El seguro me ha hecho una oferta motivada por teléfono
Con el nuevo baremo de accidentes de tráfico ha aumentando un fraude consistente en hacer la oferta motivada por teléfono por parte de las aseguradoras
En FM Abogados venimos notando de un tiempo a esta parte un considerable abuso de oferta motivada por teléfono por parte de algunas compañías de seguros, lo cual constituye un flagrante incumplimiento de lo preceptuado en la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (en adelante LRCSCVM) recientemente modificada por la nueva ley del baremo de accidentes de tráfico. Vamos a dedicar este artículo a explicarle por qué se está produciendo esta corruptela y cómo pueden obrar frente a ella.
Empecemos por el principio ¿qué es la oferta motivada y que beneficio obtiene la aseguradora de hacer una oferta motivada por teléfono?
El artículo 7 de la LRCSVM establece que las compañías de seguros tienen un plazo máximo de tres meses a contar desde la reclamación del accidentado para hacerle a éste una oferta motivada de la indemnización que están dispuestos a pagarle. Dicha oferta deberá hacerse por escrito, desglosar los conceptos de que se compone y acompañar los informes en que se ha basado. Una vez recibida, el lesionado podrá optar entre una de estas tres posibilidades: