Blog - Calcular indemnización por lesiones en accidente de tráfico

 

Manual de criterios de las comisiones CIDE/ASCIDE/CICOS

CIDE: Convenio de Indemnización Directa Español (daños materiales).
ASCIDE: Acuerdo Suplementario del Convenio de Indemnización Directo Español.
CICOS: Centro Informático de Compensación de Siniestros.

Fuente: CausaDirecta.com (Investigación y Reconstrucción de Accidentes de Tráfico)

Convenios Aseguradoras

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Manual de criterios de las comisiones CIDE/ASCIDE/CICOS

CIDE: Convenio de Indemnización Directa Español (daños materiales).
ASCIDE: Acuerdo Suplementario del Convenio de Indemnización Directo Español.
CICOS: Centro Informático de Compensación de Siniestros.

Fuente: CausaDirecta.com (Investigación y Reconstrucción de Accidentes de Tráfico)

Convenios Aseguradoras

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30. Lesiones

30. Lesiones

El hecho de que se produzcan daños corporales como consecuencia de un accidente no impide la aplicación de los Convenios para los daños materiales propios de los vehículos.

Los daños personales deberán atenderse al margen de los Convenios.

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31. Límite

31. Límite

Cuando no existe pérdida total lo que determina el límite de los Convenios es el valor de los daños incluido remolcaje/rescate e IVA, aún cuando no se haga efectivo el pago de alguno de éstos. No se tendrán en cuenta depreciaciones por uso ni descuentos de talleres reparadores.

Cuando existe pérdida total, lo que determina el límite de los Convenios es el valor de mercado (sin deducción de restos) más el remolcaje/rescate si lo hubiese y no el valor de la reparación u otros. De existir daños sin reparar previos al accidente, no se tendrán en cuenta para determinar el valor de mercado.

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32. Marcha atrás

32. Marcha atrás

La maniobra de marcha atrás es una de las más penalizadas.

No obstante, existen determinados supuestos, donde se considera que la marcha atrás combinada con otras maniobras no puede implicar siempre responsabilidad al vehículo que está haciendo la maniobra de marcha atrás.

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33. Módulo de Penalización

33. Módulo de Penalización

Ver Manual de Regularizaciones.

Tabla de Módulos de penalización con sentencia condenatoria o allanamiento

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34. No colisión

34. No colisión

CIDE

Sólo se considera que no hay colisión directa cuando se especifica en el anverso de la D.A.A.

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35. Normas Subsidiarias (ASCIDE)

35. Normas Subsidiarias (ASCIDE)

Las normas subsidiarias del ASCIDE se crearon al objeto de poder aplicar el Convenio en algunos supuestos de versiones contradictorias, de forma que en las situaciones conflictivas más habituales, se pudiera imputar la responsabilidad, a efectos de los Convenios, a uno de los participantes en el accidente.

En las discusiones sobre la existencia de señales (como Stop, Ceda el paso, carriles de sentido obligatorio, dirección prohibida, calle cortada, caminos sin asfaltar, etc.) se podrá aceptar como prueba de certificación de un Perito o profesional identificado o autoridad competente y la otra parte lo podrá impugnar mediante una certificación de análogas características y de sentido contrario.

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36. Ofrecimiento peritaje

36. Ofrecimiento peritaje

Cuando la Acreedora prevea que el valor de los daños o el valor de mercado puedan exceder del límite de los Convenios, debe ofrecer la peritación a la presunta Deudora. Si finalmente el importe de los daños supera el límite y la Entidad Acreedora no ha ofrecido en tiempo la peritación a la Deudora, son de aplicación los Convenios, debiendo la Acreedora indemnizar a su asegurado el total de sus daños, incluso por encima del límite, y ello como medida de protección de quién pudiendo no tuvo posibilidad de intervenir en la peritación. Sin embargo, con el ánimo de flexibilizar estas situaciones, cuando resulte evidente el exceso del límite no se aplicarán los Convenios. A estos efectos, se considera evidente el exceso, cuando los daños superen el límite más el 50% del mismo.

Si no hay acuerdo entre las partes sobre el importe de los daños o valor de mercado, en cuanto a si sobrepasan o no el límite de los Convenios, deberán de común acuerdo nombrar un tercer perito que finalmente dictamine de forma vinculante para ambas partes. Tendrá también carácter de tercería la intervención de un perito judicial con ocasión de la existencia de actuaciones judiciales.

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37. Pago directo al perjudicado

37. Pago directo al perjudicado

El que la Entidad Deudora o el causante del accidente se anticipen a indemnizar directamente al perjudicado, no impide la aplicación de los Convenios, debiendo regularizarse las diferencias económicas de acuerdo con lo establecido en el CIDE y el ASCIDE y según en el Manual de Regularizaciones.

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38. Pago prima

39. Partes integrantes del vehículo

Se consideran partes integrantes del vehículo todos los elementos sólidos fijados/instalados al mismo, incluso por ejemplo lonas y calzos sujetos al vehículo. 

Asimismo, los remolques de peso inferior a 750 Kg. también se considerarán como parte integrante del vehículo al ir enganchado al mismo.

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39. Partes integrantes del vehículo

39. Partes integrantes del vehículo

Se consideran partes integrantes del vehículo todos los elementos sólidos fijados/instalados al mismo, incluso por ejemplo lonas y calzos sujetos al vehículo. 

Asimismo, los remolques de peso inferior a 750 Kg. también se considerarán como parte integrante del vehículo al ir enganchado al mismo.

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