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BAREMO MÉDICO: SISTEMA DIGESTIVO

Clasificación y valoración de las secuelas

Tabla 2.A.1 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

CAPITULO VI - SISTEMA DIGESTIVO

 

Código

DESCRIPCIÓN DE LAS SECUELAS

PUNTUACIÓN ANATÓMICO FUNCIONAL

 

CAPITULO VI - SISTEMA DIGESTIVO

 

 

A) ESÓFAGO

 

06001

Trastornos de la función motora

15-20

 

06002

Hernia de hiato esofágica (secundaria a lesión del diafragma. Según trastorno funcional y sin posibilidad de reparación quirúrgica)

 

2-20

06003

Fístula esófago-traqueal sin posibilidad de reparación quirúrgica

10-35

06004

Fístula externa sin posibilidad de reparación quirúrgica

10-25

06005

Estenosis esofágica sin posibilidad de reparación quirúrgica

10-24

06006

Autotransplante yeyuno

25-35

 

B) ESTÓMAGO

 

 

Gastrectomía:

 

06007

● Parcial

5-15

06008

● Subtotal

16-30

06009

● Total

45

 

C) INTESTINO DELGADO Y GRUESO

 

06010

Yeyuno-ilectomía o colectomia sin trastorno funcional

5

 

Yeyuno-ilectomía o colectomia con trastorno funcional:

 

 06011

● Necesita un seguimiento médico periódico, tratamiento intermitente, precauciones dietéticas y no existe repercusión del estado general.

 10-15

 

06012

● Necesita un seguimiento médico frecuente, tratamiento casi permanente, limitación dietética estricta y presenta repercusión del estado general.

 16-25

 06013

● Necesita un seguimiento médico frecuente, tratamiento constante, limitación dietética estricta y presenta repercusión del estado general.

 26-40

06014

● Síndrome de malabsorción con necesidad de alimentación parenteral permanente

60

06015

Ostomías (colostomía e ileostomía)

40-50

06016

Incontinencia con o sin prolapso

20-50

06017

Fístulas sin posibilidad de reparación quirúrgica

15-30

 

 

D) HÍGADO Y VÍAS BILIARES

 

 

Alteraciones hepáticas:

 

06018

● Leve (sin trastornos de la coagulación ni citolisis, pero con colestasis)

1-15

06019

● Moderada (alteración ligera de la coagulación y/o signos mínimo de citolisis)

16-30

06020

● Grave (alteración severa de la coagulación, citolisis y colestasis)

31-70

06021

Lobectomía hepática sin alteración funcional

10

06022

Colecistectomía

5-10

06023

Fístulas biliares sin posibilidad de reparación quirúrgica

15-30

 

E) PÁNCREAS

 

06024

Alteraciones postraumáticas de la función exocrina.

1-15

 

F) BAZO

 

 

Esplenectomía:

 

06025

● Sin repercusión hemato o inmunológica

5

06026

● Con repercusión hemato y/o inmunológica

10-15

 

G) HERNIAS Y ADHERENCIAS (sin reparación quirúrgica)

 

06027

Inguinal, crural y umbilical

5-10

06028

Epigástrica y Diafragmática

15-20

06029

Adherencias peritoneales

8-15

06030

Eventraciones

10-20



Nota: (1) El Baremo Médico incorpora, a su vez, en relación con el sistema ocular y el sistema auditivo, unas tablas en las que se reflejan los daños correspondientes al lado derecho de los órganos de la vista y del oído, en los ejes de las abscisas. Los del lado izquierdo de estos órganos, en el eje de las ordenadas. Por tanto, con los datos contenidos en el informe médico sobre la agudeza visual o auditiva del lesionado después del accidente se localizarán los correspondientes al lado derecho, en el eje de las abscisas, y los del lado izquierdo, en el eje de las ordenadas. Trazando líneas perpendiculares a partir de cada uno de ellos, se obtendrá la puntuación de la lesión, que corresponderá a la contenida en el cuadro donde confluyan ambas líneas. La puntuación oscila entre 0 y 85 en el órgano de la visión

Nota: (2) Las denominadas secuelas temporales, es decir, aquellas que están llamadas a curarse a corto o medio plazo, no tienen la consideración de secuela, pero se han de valorar de acuerdo con las reglas de lesiones temporales, computando en su caso, los efectos que producen y con base en el cálculo razonable que se estime de su duración, después de haberse alcanzado la estabilización lesional, y hasta su total curación.

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