Hay cosas que parecen sencillas de hacer (algunas, incluso, lo son realmente) y casi todo el mundo se atreve con ellas. Otras no. Nadie llama a un electricista para que le cambie una bombilla, nadie se implanta a sí mismo un triple bypass.
El ejercicio del derecho es contemplado por buena parte de la población como algo sencillo y al alcance de cualquier neófito con acceso a internet. No son pocos los clientes que -a modo de disculpas por acudir a un profesional en lugar de solventarse por sí mismos sus problemas jurídicos- te sueltan lo de : “yo tenía que haber estudiado derecho” o alguna frase similar que deje bien claro que si no fuera por esa tontería de carecer de título que los habilite para iluminar las salas de vistas del planeta con su brillante erudición, no perderían el tiempo permitiendo que un extraño con ínfulas se ocupara de sus asuntos.
Pero la cosa se desmadra cuando el legislador permite que para determinado tipo de asuntos el ciudadano pueda representarse a sí mismo sin necesidad de contratar un profesional que le guíe. La reclamación de indemnización por vía penal es uno de esos tipos de asuntos que cual mueble del Ikea el usuario final puede llevarse a su casa para practicar algo de bricolaje jurídico. Y ahí nace la pregunta que encabeza este artículo: ¿Necesito un abogado de accidentes?
Porque reclamar una indemnización por lesiones a una compañía de seguros parece fácil, ¿no?. Total, meramente se trata de calcular cuánto dinero me corresponde por los días de sanidad y secuelas, llamar a la aseguradora del culpable y darles tu número de cuenta. Sucede entonces que -vaya usted a saber por qué- el seguro se niega a pagarnos la cantidad que creemos justa. Entonces nos volvemos a preguntar ¿Necesito un abogado de accidentes? y de nuevo nos respondemos que no, que si la aseguradora quiere guerra, guerra tendrá, y entonces ponemos una denuncia en base a un modelo que hemos sacado de internet y la presentamos en el juzgado que nos quede más cerca de casa (o incluso en la policía, que mi vecina (que comparte podólogo con la prima de un agente judicial de un juzgado de menores de Lugo) le ha dicho que es más efectivo.
Y va pasando el tiempo y no pasa lo que en internet dice que debería pasar: no nos citan a forense, todo lo más recibimos un auto del juzgado (¿?) que menciona algo del artículo 13 de la ley del contrato del seguro, y cada vez que llamamos al tramitador del seguro contrario para recordarle que además de lo que nos deben cada día se están devengando intereses de demora nos parece escuchar el ruido inequívoco de una carcajada entre maléfica y autosuficiente. Y nos volvemos a preguntar, ¿necesito un abogado de accidentes?, y -ante la presión familiar- decidimos llamar a uno meramente para constatar que todos los pasos que hemos seguido por nuestra cuenta son no solo correctos sino al alcance de muy pocos letrados. Y entonces es cuando el abogado nos da la razón.
– Efectivamente, no necesita un abogado de accidentes. Su tema ya ha prescrito.
Al aceptar, accederá a un servicio proporcionado por un tercero externo a https://calcularindemnizacion.es/