Tamaño de fuente: +
4 minutos de lectura ( 762 palabras)

BAREMO MÉDICO: SISTEMA CARDIO RESPIRATORIO

Clasificación y valoración de las secuelas

Tabla 2.A.1 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

CAPITULO IV - SISTEMA CÁRDIO-RESPIRATORIO

 

 Código

 DESCRIPCIÓN DE LAS SECUELAS

PUNTUACIÓN ANATÓMICO FUNCIONAL

 

CAPITULO IV - SISTEMA CÁRDIO-RESPIRATORIO

 

 

A) CORAZÓN

 

 

Insuficiencia cardiaca:

 

04001

● Grado I: Disnea al realizar grandes esfuerzos (Fracción de Eyección: 60% al 50%)

5-10

 04002

● Grado II: Disnea al realizar moderados esfuerzos (Fracción de Eyección: 50% al 40%)

11-30

 04003

● Grado III: Disnea al realizar pequeños esfuerzos (Fracción de Eyección: 40% al 30%)

31-60

 04004

● Grado IV: Disnea al menor esfuerzo e incluso en reposo (Fracción de Eyección: <30%)

61-90

 04005

Agravación de insuficiencia cardiaca previa (se deberá valorar el diferencial de agravación)

 

 04006

Secuelas tras traumatismo cardiaco (sin insuficiencia cardiaca) básicamente pericárdicas

5-10

 04007

Infarto de miocardio postraumático (sin insuficiencia cardiaca) derivado de traumatismo toraco-esternal

10-20

 04008

Infarto de miocardio postraumático (sin insuficiencia cardiaca) sin traumatismo toraco-esternal por desestabilización de estado anterior y presentado en un máximo de 72 horas desde la ocurrencia del accidente

 8

04009

Prótesis valvulares

20-35

 

 

B) SISTEMA RESPIRATORIO

 

 

1. Tráquea

 

04010

Traqueotomizado con necesidad permanente de cánula

35-45

04011

Estenosis traqueal (valorar según repercusión funcional)

 

 

2. Parénquima pulmonar

 

04012

Secuelas postraumáticas pleurales según repercusión funcional

10-15

 

Resección:

 

04013

● R. Parcial de un pulmón (añadir valoración Insuficiencia Respiratoria)

5

 04014

 ● R. Total de un pulmón (neumonectomía) (añadir valoración Insuficiencia Respiratoria)

 12

 

3. Función respiratoria (Insuficiencia respiratoria)

 

 

El examen clínico será practicado por un Especialista en Neumología.

 

 

CV: Capacidad Vital

 

CPT: Capacidad pulmonar total

 

VEMS: Volumen espiratorio máximo por segundo

 

PaO2: Presión parcial de oxígeno en sangre arterial

 

PaCO2:Presión parcial de anhídrido

04015

Parálisis del nervio frénico (se valorará la Insuficiencia Respiratoria)

2-90

 

Insuficiencia respiratoria:

 

 04016

● Disnea para esfuerzos importantes con alteración menor de los tests funcionales

 2-5

04017

Disnea tipo I: al subir un piso, al caminar rápido o al subir una pendiente suave con CV o CPT entre 70 y 80%; o bien VEMS entre 70 y 80%; o bien TLCO/VA entre 60 y 70%

 6-15

 04018

Disnea tipo II: al caminar normalmente en terreno llano con CV o CPT entre 60 y 70%; VEMS entre 60 y 70%; o bien TLCO/VA inferior a 60%

 16-30

 04019

Disnea tipo III: al caminar en terreno llano a su propio ritmo con CV o CPT entre 50 y 60%; o bien VEMS entre 40 y 60%; o bien hipoxemia en reposo (PaO2) entre 60 y 70mm Hg.

 31-60

 04020

Disnea tipo IV: al mínimo esfuerzo con CV o CPT inferior a 50%; o bien VEMS inferior a 40%; o bien hipoxemia en reposo (PaO2) inferior a 60 mm Hg., asociada o no a un trastorno de CO2 (PaCO2); con posible limitación derivada de una oxigenoterapia de larga duración

61-90



Nota: (1) El Baremo Médico incorpora, a su vez, en relación con el sistema ocular y el sistema auditivo, unas tablas en las que se reflejan los daños correspondientes al lado derecho de los órganos de la vista y del oído, en los ejes de las abscisas. Los del lado izquierdo de estos órganos, en el eje de las ordenadas. Por tanto, con los datos contenidos en el informe médico sobre la agudeza visual o auditiva del lesionado después del accidente se localizarán los correspondientes al lado derecho, en el eje de las abscisas, y los del lado izquierdo, en el eje de las ordenadas. Trazando líneas perpendiculares a partir de cada uno de ellos, se obtendrá la puntuación de la lesión, que corresponderá a la contenida en el cuadro donde confluyan ambas líneas. La puntuación oscila entre 0 y 85 en el órgano de la visión

Nota: (2) Las denominadas secuelas temporales, es decir, aquellas que están llamadas a curarse a corto o medio plazo, no tienen la consideración de secuela, pero se han de valorar de acuerdo con las reglas de lesiones temporales, computando en su caso, los efectos que producen y con base en el cálculo razonable que se estime de su duración, después de haberse alcanzado la estabilización lesional, y hasta su total curación.

4
BAREMO MÉDICO: SISTEMA MÚSCULO ESQUELÉTICO
BAREMO MÉDICO: SISTEMA VASCULAR

Artículos relacionados

 

Comentarios

No hay comentarios por el momento. Sé el primero en enviar un comentario.
¿Ya està registrado? Ingresa Aquí
Invitado
Lunes, 04 Diciembre 2023
If you'd like to register, please fill in the username, password and name fields.

Imagen Captcha


Al aceptar, accederá a un servicio proporcionado por un tercero externo a https://calcularindemnizacion.es/