Blog - Calcular indemnización por lesiones en accidente de tráfico

 
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34. No colisión

Convenios Aseguradoras

34. No colisión

CIDE

Sólo se considera que no hay colisión directa cuando se especifica en el anverso de la D.A.A.

CIDE/ASCIDE

Si no existe colisión directa entre dos vehículos no son de aplicación los Convenios (Ver apartado "Colisión directa").

En aquellos casos en que puedan haber discrepancias sobre si se trata de “no colisión” (perfectamente identificado el lugar del accidente) o de "inexistencia de siniestro”, supuestos ambos en que no es de aplicación Convenio, se considerará válido cualquiera de los dos rehúses.

14. Daños distintos a los propios del vehículo
13. Culpabilidad
 

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Domingo, 13 Septiembre 2026

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