41. Peritación
Corresponde a la Acreedora la peritación de los daños del vehículo perjudicado.
El que la Entidad del vehículo del responsable haya peritado, por error, el vehículo perjudicado, no puede oponerse para la aplicación de los Convenios.
Corresponde a la Acreedora la peritación de los daños del vehículo perjudicado.
El que la Entidad del vehículo del responsable haya peritado, por error, el vehículo perjudicado, no puede oponerse para la aplicación de los Convenios.