Blog - Calcular indemnización por lesiones en accidente de tráfico

 
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Reforma del Baremo 2025: lo que abogados y víctimas deben saber sobre las nuevas indemnizaciones

Fachada del Congreso de los Diputados

Hace unos meses, Laura, abogada de lesiones de tráfico, se sorprendió al ver cómo una indemnización que antes creía cerrada podía revalorizarse con el IPC. ¿Quieres saber cómo afectará esto a tus casos? Sigue leyendo.

La Ley 35/2015 estableció en 2016 el sistema de valoración (Baremo) de indemnizaciones por lesiones en accidentes de tráfico. Ahora, el Proyecto de Ley 121/000022 avanza en el Congreso para actualizar cuantías, corregir desequilibrios y agilizar la tramitación de reclamaciones. En este artículo repasamos el estado parlamentario del proyecto y los principales cambios en el cálculo de indemnizaciones.

1. Estado actual del trámite parlamentario

Presentado el 30 de mayo de 2024 con carácter de urgencia y competencia plena en Comisión, el proyecto permaneció en fase de enmiendas hasta abril de 2025. Actualmente se encuentra en Informe en la Comisión de Economía, pendiente de votación antes de su remisión al Senado. La transposición de la Directiva (UE) 2021/2118 y la presión de la Comisión Europea para adaptarse antes de diciembre de 2023 han sido factores determinantes en la aceleración de su tramitación.

Lo más importante: el proyecto supera la fase de enmiendas y está próximo a votarse en Comisión de Economía, con mandato urgente.

Actualización 10/07/2025: Tras su aprobación por el Senado, su estado pasa a: Pendiente de aprobación definitiva por el Congreso de los Diputados. Ante su previsible inminente entrada en vigor, nuestras calculadoras afectadas, ya permiten cálculos "hasta nueva Ley" y "desde nueva Ley".

Actualización 26/07/2025: Tras su aprobación por el Congreso y su publicación en el BOE, su estado pasa a: Ley 5/2025, en vigor desde el 26/07/2025. Como ya indicamos antes, nuestras calculadoras afectadas permiten cálculos "hasta Ley 5/2025" y "desde Ley 5/2025". Progresivamente iremos incorporando más conceptos indemnizables en nuestras herramientas.

2. Principales cambios en el Baremo de indemnizaciones

2.1 Actualización por IPC

Se sustituye el índice de pensiones (IRP) por el Índice de Precios al Consumo (IPC) para revalorizar anualmente las cuantías, garantizando la reparación íntegra frente a la inflación.

Lo más importante: tus indemnizaciones ya no se quedarán atrás frente al coste de la vida.

2.2 Cuantías más altas en muerte y lesiones

Se revisan al alza las tablas de indemnización por fallecimiento, secuelas permanentes y lesiones temporales, incorporando nuevas tablas en el anexo de la ley.

Lo más importante: las víctimas recibirán importes superiores por daños graves.

2.3 Protección de herederos

Se reforma el artículo 45 para que los herederos puedan reclamar con mayor facilidad la indemnización pendiente si la víctima fallece antes de haberse fijado definitivamente la cuantía.

Lo más importante: los familiares no quedarán desprotegidos si la víctima fallece antes del cierre del expediente.

2.4 Lucro cesante mínimo

En caso de desempleo, la base indemnizatoria no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), evitando pagos irrisorios.

Lo más importante: se garantiza una compensación económica digna a quienes estaban desempleados.

2.5 Mayores de 50 años

Se aumenta la compensación por lucro cesante en casos de incapacidad permanente total a partir de los 50 años, reconociendo la menor probabilidad de reinserción laboral.

Lo más importante: los lesionados de más de 50 años recibirán más por pérdida de ingresos.

2.6 Trabajo doméstico

Se crean tablas específicas para valorar el lucro cesante de amas de casa, suprimiendo el límite previo que restringía la indemnización en lesiones leves.

Lo más importante: se equipara el valor económico de las tareas del hogar al de un salario digno.

2.7 Gastos médicos futuros y libre elección

Se reconoce el derecho a indemnización por tratamientos médicos futuros necesarios y la libertad de elección de centro sanitario, sin obligar a la víctima a atenderse solo en centros concertados.

Lo más importante: podrás elegir dónde tratarte y reclamar todos los costes justificables.

2.8 Exención fiscal

Se incorpora de forma explícita la exención de IRPF para todas las indemnizaciones por daños personales en accidentes de tráfico.

Lo más importante: tus indemnizaciones estarán 100 % libres de impuestos.

2.9 Coberturas del seguro obligatorio

Se elevan las garantías mínimas del seguro a 70 M€ para daños corporales y 15 M€ para daños materiales por siniestro, con posibilidad de actualización futura por orden ministerial.

Lo más importante: en accidentes graves habrá más respaldo económico asegurado.


¿Listo para saber cómo presentar tu reclamación tras la reforma? No te pierdas la Parte II: guía práctica para presentar tu oferta y defender tus derechos (enlace disponible en nuestra web próximamente).

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Domingo, 13 Septiembre 2026

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