Posiblemente tenga usted la noción de que si sufre lesiones en un accidente de tráfico tiene dos opciones: acceder a que su compañía de seguros le asigne un abogado de los suyos o elegir un abogado privado, externo al seguro. Es posible que sepa que la mayoría de abogados privados tienen un sistema de honorarios basado en un porcentaje con respecto a la indemnización que usted cobre. Normalmente la minuta en accidente de trráfico en estos casos suele oscilar entre un 10 por ciento que cobran los despachos más baratos y el 30 por ciento que llega a cobrar algún bufete, es por supuesto un asunto del accidentado buscar un abogado que aúne buenas referencias y al mismo tiempo tenga una política de honorarios razonable.
Lo que ya menos personas saben es que la minuta en accidente de tráfico que nos cobra ese abogado privado la podemos repercutir -con los límites que luego se dirán- a nuestra aseguradora, para que nos devuelva lo que hemos pagado al letrado. Para saber si tenemos derecho a ese reintegro hemos de consultar la póliza de seguros del coche o moto en que viajábamos. Como regla general, si usted es el asegurado de la póliza, o si conducía el vehículo (siempre que lo hiciera con autorización del propietario y tenga usted más de 25 años) estará amparado por el seguro. Ya dependerá de la compañía si tienen derecho a que les devuelvan la minuta en accidente de tráfico los ocupantes del vehículo (no lo estarán nunca si el culpable del accidente es el conductor del vehículo en que viajaban). Obviamente, si el accidentado es un peatón o un usuario de un transporte público, no tendrá derecho de reembolso.
Además, las compañías de seguros establecen unos límites cuantitativos a la devolución de la minuta en accidente de tráfico. Esto es, a lo mejor usted ha pagado al abogado mil euros, pero su seguro sólo le devuelve hasta 600. De nuevo hay que consultar la póliza para saber cuál es el límite o tope en la cobertura de libre designa de abogado.
La mayoría de aseguradoras, además, no pagan directamente al abogado, por entender que de lo que se trata aquí es de un derecho de reembolso, esto es, que se le devuelve al cliente lo que acredite haber pagado (con los límites expuestos). En FM Abogados Tenerife lo que hacemos es -una vez el cliente nos ha abonado el 10 por ciento pactado- mandar la minuta de honorarios a la aseguradora de éste para que le devuelvan el dinero. Preferimos hacerlo así por un lado para que el cliente sea quien reciba el dinero y no se creen susceptibilidades al respecto de que el letrado cobre al particular y a la aseguradora. Además, al hacer la minuta en accidente de tráfico a nombre del cliente nos aseguramos de que si su seguro no se la abona en un plazo razonable (lo normal es un mes o poco más) podamos interponer una demanda contra dicha aseguradora por incumplimiento contractual (cosa que no podríamos hacer si minutáramos directamente a la compañía, por no tener acción directa ni ser parte de la póliza).
Fuente: FM Abogados
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