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Accidente de tránsito ¿Cómo cobrar la indemnización?

Accidente de tránsito y lesiones: procedimiento para cobrar la indemnización.

¿Cuál es la manera correcta con la nueva ley para cobrar la mayor indemnización por lesiones si ha sufrido un accidente de tránsito? Se lo explicamos:

El periodo 2015-2016 quedará, a los efectos de reclamación de indemnización por lesiones en accidente de tránsito, como uno lleno de reformas y modificaciones legislativas. El viejo modelo para reclamar a la compañía de seguros por nuestros días de baja y secuelas ya no tiene validez, y los plazos y forma de relacionarse con la aseguradora contraria han variado.

Aún están dichas reformas muy recientes a la hora de escribir este artículo (de hecho, la que hace referencia al nuevo baremo de tráfico no entrará en vigor hasta enero de 2016, pero ya se puede atisbar cuál será el procedimiento para reclamar la indemnización por accidente de tránsito:

Para empezar, y salvo caso de imprudencias graves o lesiones muy importantes, lo más probable es que acabemos abocados a la vía civil. Eso implicará que por un lado la figura del forense desaparecerá, y por otro que los plazos para interponer la demanda (civil) pasarán de los seis meses actuales desde la fecha del siniestro hasta un año a contar desde el alta médica del lesionado.

Obviamente, si no podemos acudir a un médico forense, nuestras lesiones en accidente de tránsito deberán ser valoradas por un perito médico contratado por nosotros, ya que de lo contrario nos veremos forzados a asumir como buena la valoración que efectúe el médico de la compañía. Por cierto, al hilo de esto, el nuevo baremo de tráfico establece la obligatoriedad de dejarnos visitar por los servicios médicos de la aseguradora responsable, así que el consejo que muchos abogados dábamos de no dejarnos visitar ya no tendrá validez para los accidentes acaecidos a partir de 2016.

El hecho de reclamar la indemnización por lesiones en vía civil tendrá algunas ventajas e inconvenientes, como los que siguen:

  • Ventajas
    • Al contar con nuestro propio perito médico, no será preciso conformarse con lo que diga el médico forense, que pese a ser imparcial en muchas ocasiones -por falta de tiempo la mayoría- no incluye todos los daños personales que hemos sufrido ni nos presta una atención continuada como un perito de pago.
    • Como extensión de la anterior, cuando se celebre el juicio por nuestro accidente de tránsito nuestro valorador médico comparecerá en el juzgado para apoyar nuestras pretensiones. Con el sistema antiguo en muchas ocasiones el forense excusaba su presencia y el único médico con voz en el juicio era el del seguro contrario.
  • Inconvenientes
    • Alargará el plazo para cobrar, ya que -como hemos dicho antes- no podremos iniciar las acciones judiciales hasta que el accidentado no esté dado de alta.
    • Encarecerá el proceso, pues además del abogado -que tradicionalmente cobraba un porcentaje- será preciso contar con un procurador y un valorador médico que elabore un informe pericial y además asista a juicio. Algunos despachos grandes -como FM Abogados Tenerife– que integramos en el equipo nuestros propios valoradores médicos, podemos ofrecer un servicio global a cambio de un porcentaje, sin que nuestros clientes deban anticipar cantidad alguna a lo largo del proceso, pero por desgracia los despachos más pequeños se verán forzados a pedir provisiones de fondos para el resto de profesionales.

FuenteFM Abogados.

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