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Accidente con coche a la fuga o desconocido

Accidente con coche a la fuga, consejos

¿Qué hacer si se sufre un accidente con coche a la fuga o desconocido? Le explicamos paso a paso cómo y frente a quién debe cobrar la indemnización

Pongámonos en situación: vamos circulando normalmente y de repente un vehículo desconocido se salta un ceda el paso, o un stop, o comete cualquier infracción y nos colisiona, no deteniéndose en el lugar de los hechos. Tras este accidente con coche a la fuga nuestro vehículo resulta con daños importantes y nosotros con lesiones. Se da la circunstancia, además, de que tenemos el seguro a terceros y por lo tanto nuestra aseguradora no cubre los daños propios. Las preguntas son obligadas: ¿Tengo derecho a cobrar una indemnización? ¿En caso afirmativo, frente a quién y qué pasos he de seguir?

Les presentamos el Consorcio de Compensación de Seguros

Empecemos por responder la segunda pregunta: cuando tenemos un accidente con coche a la fuga o desconocido (pensemos por ejemplo en ese conductor incívico que tras darle un golpe a nuestro coche cuando está estacionado, no nos deja dato alguno), hemos de acudir al Consorcio de Compensación de Seguros. Esta es una institución pública que se ocupa de atender aquellos siniestros que no están cubiertos por las compañías de seguros. Por ejemplo, daños efectuados por coches sin seguro, o robados, o desconocidos, así como otros provocados por catástrofes naturales. Cuando pagamos el seguro de nuestro coche o moto, una parte de la prima va a parar a un fondo de esta entidad, a fin de que luego ésta pueda hacerse cargo de este tipo de siniestros.

¿Cubre el Consorcio las lesiones y daños materiales sufridos a consecuencia de un accidente con coche a la fuga o desconocido?

¿Quiere primero la mala noticia o la buena? Dejemos que la ley se encargue de dar ambas.

Los daños cubiertos y no cubiertos por el Consorcio están contemplados en el artículo 11 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro. Concretamente, el apartado uno a) de dicho artículo dice que son funciones del Consorcio de Compensación:

Indemnizar a quienes hubieran sufrido daños en sus personas, por siniestros ocurridos en España, en aquellos casos en que el vehículo causante sea desconocido.

No obstante, si como consecuencia de un accidente causado por un vehículo desconocido se hubieran derivado daños personales significativos, el Consorcio de Compensación de Seguros habrá de indemnizar también los eventuales daños en los bienes derivados del mismo accidente. En este último caso, podrá fijarse reglamentariamente una franquicia no superior a 500 euros.

Se considerarán daños personales significativos la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera, al menos, una estancia hospitalaria superior a siete días.

Dicho de forma breve: en caso de accidente con coche a la fuga o desconocido el Consorcio nos pagará las lesiones, pero no nuestro coche o moto. La única excepción a esta regla es que a consecuencia del accidente de tráfico resultemos muertos, incapacitados para nuestro trabajo o hayamos precisado de un ingreso hospitalario de más de una semana. En caso contrario, si no conseguimos acreditar la propiedad del vehículo culpable ni tenemos un seguro a todo riesgo, deberemos costearnos la reparación de nuestro utilitario.

¿Cómo se reclama la indemnización por lesiones frente al consorcio?

El problema básico de un accidente con coche a la fuga es si puede usted acreditar que ha sufrido un siniestro y  que el mismo se ha producido a consecuencia de un acto negligente de un tercero. Por lo tanto, es vital en el momento en que tiene lugar la colisión y ve que el culpable se marcha que mantenga la calma y empiece a pensar en cómo demostrará en un ulterior juicio lo que acaba de pasarle. Obviamente, como no contará con la declaración del culpable huido, deberá en primer lugar llamar a atestados (a ser posible sin mover su vehículo de su sitio) para que por un lado constaten que su coche o moto tiene una serie de daños recientes, en qué lugar se han producido éstos, si quedan o no restos de pintura por transferencia del otro vehículo, si hay huellas de frenada o vestigios en la calzada que permitan reconstruir la dinámica del accidente, etc, y por otro puedan hacer las gestiones necesarias para tratar de localizar al responsable. Es asímismo importante que recabe el nombre completo, número de dni, dirección y teléfono de cuantos testigos presenciales estén en la zona. No está de más, por último, que le haga fotos a su coche, tanto respecto de los daños como del lugar final en que quedó tras el impacto.

Una vez dispone de las pruebas de la existencia del accidente y de la responsabilidad de ese tercero desconocido, ha de obrar como si hubiera sufrido un accidente de tráfico normal, esto es, ha de acudir a un centro de rehabilitación concertado (no se preocupe, quien ha de pagar las facturas del mismo es su propia aseguradora), y una vez disponga del alta ha de ser visitado por un perito médico (privado o forense) para cuantificar las lesiones. Piense que a diferencia de los siniestros con conductor conocido, en caso de accidente con coche a la fuga no se le abonarán ni los gastos de transporte ni los de farmacia.

Una vez disponga del informe pericial, su abogado efectuará la oportuna reclamación. Como aquí no habrá una persona física demandada, es preciso efectuar una reclamación previa frente al Consorcio antes de interponer la oportuna demanda. Hay que decir, eso sí, que tradicionalmente el Consorcio de Compensación, si considera que la existencia del siniestro ha quedado probada, no suele presentar demasiados problemas a la hora de pagar la indemnización por lesiones.

Este artículo forma parte de la Guía para cobrar la indemnización por accidente de tráfico. En ella encontrará de forma gratuita toda la información que su compañía de seguros no quiere que sepa.

Fuente: FM Abogados

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Unidad de víctimas de accidentes
El informe forense en accidente de tráfico
 

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Lunes, 04 Diciembre 2023
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