Estimada Monica:
Con la información que facilita es difícil hacer un cálculo estimado de la indemnización. Si lo que nos comenta es que el accidente ocurrió el 20 de mayo y el alta la obtuvo el 31 de julio, parece razonable pensar que tiene que recibir usted 71 días impeditivos (si todos esos días lo fueron) y aplicar el factor de corrección que corresponda. Con esta información la calculadora de este portal nos indica unos 4000€.
Lo que ha venido ocurriendo hasta ahora es que cuando una persona sufría un accidente con lesiones, se acudía al orden penal para solicitar la valoración del daño por el médico forense –de forma gratuita- y, una vez obtenido el informe forense, era sencillo hacer el cálculo a través de este portal.
A raíz de la modificación legislativa de julio de 2015, para asuntos como el suyo donde se producen unas lesiones por una imprudencia leve de un tercero, ya no podemos acudir al orden penal porque esa actuación se ha despenalizado. De modo que ahora tenemos que acudir a un perito médico que nos haga el informe que otrora hiciera el forense y después calcular la indemnización correspondiente para contactar con la aseguradora contraria y requerirles el pago.
Sobre el aspecto que comenta sobre que usted todavía sufre molestias, nada impide acudir a médicos particulares o fisioterapeutas y adjuntar posteriormente sus facturas en la reclamación de la indemnización.
Por todo esto y, para una valoración eficaz, le recomendamos se ponga en contacto con nosotros a través del enlace de esta web, donde podemos hacer una valoración inicial con perito médico en valoración del daño corporal y solicitar la indemnización correspondiente a la aseguradora contraria.
Sin otro particular y deseándole una pronta recuperación.