Los descendientes son el perjudicado con más reglas propias del baremo. A diferencia del cónyuge o los ascendientes, aquí el importe base se fija por la edad del perjudicado, no por la de la víctima, y con cuatro tramos. Además concurren dos incrementos que no existen en ninguna otra categoría: el del progenitor único y el del fallecimiento de ambos progenitores.
Atención: en descendientes el tramo lo marca la edad del PERJUDICADO, no la de la víctima. Y no es solo el importe base: de esa edad dependen también los incrementos de los artículos 73 y 74.1, que cambian según se tengan hasta veinte años o más.
Estos son los conceptos que la calculadora aplica para descendientes. Los primeros bloques son propios de esta categoría; el resto son comunes a las cinco.
En el sitio conviven dos formas de calcular el fallecimiento, y no compiten entre sí: se eligen según el caso.
El campo del artículo 80 de esta calculadora admite el lucro cesante ya calculado. Para obtenerlo hay dos herramientas propias: la versión mejorada, que admite un número ilimitado de perjudicados, y la versión previa, que admite hasta diez. Para casos con muchos dependientes economicos, use la mejorada.
El del hijo, es decir, el del perjudicado. Es la diferencia principal frente a las calculadoras de cónyuge y ascendientes, donde el tramo lo marca la edad de la víctima. La herramienta ofrece cuatro tramos: hasta 14 años, de 14 a 20, de 20 a 30 y más de 30.
El artículo 74.1 prevé el incremento más elevado del bloque, y no es discrecional: 70 % si el hijo tiene hasta veinte años y 35 % si es mayor de veinte, aplicado por la muerte de cada progenitor. La calculadora lo deduce del tramo de edad que usted seleccione, sin pedirle ningún porcentaje.
El artículo 73 lo contempla con la misma lógica automática: 50 % para hijos de hasta veinte años y 25 % para los mayores de veinte.
Sí. La categoría de descendientes de la tabla 1.A incluye a los nietos, y la calculadora permite seleccionarlos con su importe base propio. Además, si el nieto convivía con la víctima, el artículo 70 hace variar su perjuicio personal básico.
Los doce ejercicios publicados, de 2016 a 2026, con 2025 dividido en dos periodos por la entrada en vigor de la Ley 5/2025.
Sí, con el desglose de cada concepto e incremento aplicado, y con membrete personalizable en la versión VIP.
Acceso libre para estimar ahora mismo. La versión completa añade el informe en PDF con su membrete y el desglose por artículos.
Resultado orientativo. No constituye asesoramiento jurídico.