TABLA 1.A · ALLEGADOS · LEY 5/2025 INTEGRADA

Indemnización por fallecimiento
para allegados

El allegado es la quinta categoría de perjudicado de la tabla 1.A y la de estructura más simple: su importe no se escalona por tramos de edad ni depende de la convivencia. Es también la categoría donde la carga está en acreditar la condición de allegado, no en el cálculo.

Tabla 1.A · Allegados Sin tramos de edad Art. 77 · Perjuicio excepcional Art. 80 · Lucro cesante
12
Baremos: 2016 a 2025 y desde Ley 5/2025 a 2026
8
Conceptos e incrementos aplicables
29
Campos en la versión completa
PDF
Informe con su membrete
Una categoría sin escalones

Sin tramos de edad:
ni de la víctima ni del perjudicado

A diferencia de las otras cuatro categorías, el allegado no tiene escalones por edad: la calculadora no pide ni la edad de la víctima ni la del perjudicado.

Qué calcula, concepto a concepto

Cada regla del baremo,
con su artículo

Estos son los conceptos que la calculadora aplica para allegados. Los primeros bloques son propios de esta categoría; el resto son comunes a las cinco.

Sin tramos
Importe base único
A diferencia de las otras cuatro categorías, el allegado no tiene escalones por edad: la calculadora no pide ni la edad de la víctima ni la del perjudicado.
Art. 74.2
Fallecimiento de dos o más familiares
Incremento del 25 % del perjuicio básico por cada familiar fallecido, cuando en el mismo accidente mueren dos o más de los incluidos en el artículo 62. El artículo 74 fue modificado por la Ley 5/2025.
Art. 69
Perjudicado con discapacidad
Incremento de entre el 25 % y el 75 %. La ley exige acreditar un grado de discapacidad mínimo del 33 %.
Art. 77
Perjuicios excepcionales
Incremento de hasta el 25 %, con criterios de proporcionalidad, por los perjuicios excepcionales del artículo 33.
Art. 78.1
Perjuicio patrimonial básico
Cantidad fija de la tabla 1.C que se percibe sin necesidad de justificar gasto alguno.
Art. 78.2
Exceso de gastos justificables
Los gastos que superen esa cantidad fija se resarcen, pero requieren justificación.
Art. 79
Gastos específicos
Traslado del fallecido, entierro y funeral según los usos del lugar, más la repatriación al país de origen.
Art. 80
Lucro cesante
Pérdidas netas de quienes dependían económicamente de los ingresos de la víctima.
Sobre los importes: esta página no publica cuantías. Los importes del perjuicio personal básico dependen del ejercicio y del tramo, y se leen de la tabla 1.A de la edición vigente. La calculadora los toma del baremo del año que usted seleccione; esta página explica qué se calcula, no cuánto.
Una categoría o todas a la vez

Esta calculadora y
la versión agrupada

En el sitio conviven dos formas de calcular el fallecimiento, y no compiten entre sí: se eligen según el caso.

∞
Versión de acceso libre
La misma calculadora de allegados, sin registro y sin suscripción. Es la vía para hacer una estimación ahora mismo. Calcular gratis →
1
Versión completa (VIP)
Los mismos 29 campos de esta categoría, más el informe en PDF con su membrete y el desglose por artículos. Es la opción cuando necesita entregar el cálculo documentado. Abrirla →
5
Todos los perjudicados
Una única herramienta con las cinco categorías en pestañas, pensada para cuando concurren varios perjudicados en el mismo siniestro y quiere el total en un solo informe. Abrir la versión agrupada →

Y si necesita el lucro cesante calculado, no introducido

El campo del artículo 80 de esta calculadora admite el lucro cesante ya calculado. Para obtenerlo hay dos herramientas propias: la versión mejorada, que admite un número ilimitado de perjudicados, y la versión previa, que admite hasta diez. Para casos con muchos dependientes economicos, use la mejorada.

Para quién es

Quién usa esta calculadora

§
Abogados
Cuantificación de la reclamación con el desglose por artículos que exige el escrito, y con el baremo del ejercicio que corresponda al siniestro.
⚖
Peritos y gabinetes
Informe en PDF con membrete propio, con cada incremento identificado por su artículo.
👤
Perjudicados
Una estimación orientativa antes de decidir. No sustituye al asesoramiento de un profesional.
Dudas habituales

Preguntas sobre
allegados y la tabla 1.A

¿Quién es «allegado» a efectos del baremo?+

La tabla 1.A reserva esta categoría a quienes, sin ser cónyuge, ascendiente, descendiente ni hermano, convivían con la víctima y mantenían con ella una relación de especial cercanía. Acreditar esa condición es una cuestión probatoria y jurídica que no resuelve ninguna calculadora.

¿Por qué esta calculadora pide menos datos que las demás?+

Porque el baremo es más simple para esta categoría: el importe base del allegado no se escalona por tramos de edad ni se modula por años de convivencia. De ahí que sea la herramienta con menos campos de las cinco.

¿Puede un allegado reclamar si hay cónyuge e hijos?+

La condición de allegado es una categoría propia de la tabla 1.A y no excluyente por sí misma. Lo que sí decae es el incremento por ser único perjudicado familiar, que en esta calculadora no se ofrece.

¿Qué incrementos se pueden aplicar?+

Los generales: discapacidad del perjudicado (art. 69, del 25 % al 75 %), fallecimiento de dos o más familiares en el mismo accidente (art. 74.2, 25 % por cada uno) y perjuicios excepcionales (art. 77, hasta el 25 %).

¿Qué baremos cubre?+

Los doce ejercicios publicados, de 2016 a 2026, con 2025 dividido antes y después de la Ley 5/2025.

¿Genera informe en PDF?+

Sí, con el desglose por conceptos y con membrete personalizable en la versión VIP.

Herramientas relacionadas

Las demás categorías
de perjudicado

La calculadora está
disponible ahora

Acceso libre para estimar ahora mismo. La versión completa añade el informe en PDF con su membrete y el desglose por artículos.

Resultado orientativo. No constituye asesoramiento jurídico.