Datos oficiales INE · Actualización mensual automática

Calculadora de actualización
de renta y alquiler 2026 —
IPC, IRAV e IGC

Calcula la nueva renta o alquiler de tu contrato de arrendamiento aplicando el índice correcto según la Ley 12/2023: IRAV para vivienda habitual, IPC para contratos anteriores, IGC para locales. Topes legales automáticos incluidos.

IPC General · LAU art. 18 IRAV · Ley 12/2023 IGC · LAU art. 19
3
Índices oficiales
IPC · IRAV · IGC
100 %
Datos del INE
sin intermediarios
+2.000.000
Indemnizaciones calculadas
desde 2014
49
Calculadoras jurídicas
en calcularindemnizacion.es

Cobertura normativa completa

Los tres índices legales
de actualización de renta

Cada tipo de contrato tiene su índice y su normativa. La calculadora determina automáticamente cuál corresponde y aplica los topes legales vigentes para cada mes.

IPC General

Índice de Precios de Consumo

LAU art. 18 · Contratos anteriores al 26/05/2023

+3,30%

Marzo 2026 Avance · Publicado 28/03/2026

Referencia histórica para contratos de arrendamiento anteriores a la Ley 12/2023. La calculadora aplica los topes extraordinarios del RDL 6/2022 (2 %) y RDL 1/2023 (3 %) según el mes exacto, sin necesidad de conocerlos.

Topes automáticos: RDL 6/2022 · RDL 1/2023 · Ley 12/2023
IRAV

Índice de Referencia para Arrendamientos

LAU art. 18 · Vivienda habitual desde nov·2024

+2,16%

Febrero 2026 · Publicado 14/03/2026

Nuevo índice obligatorio definido por el INE en cumplimiento de la Ley 12/2023. Se calcula como el mínimo entre el IPC, el IPC subyacente y las tasas de variación media ajustadas. Es el tope máximo legal para vivienda habitual desde noviembre de 2024.

Ley 12/2023, art. 18 LAU · DA 11ª · INE tabla 72975
IGC

Índice de Garantía de Competitividad

LAU art. 19 · Locales y uso distinto

−1,47%

Enero 2026 · Publicado 20/03/2026

Índice aplicable a contratos de local de negocio, oficinas y garajes con pacto expreso de actualización. La calculadora aplica el cap 0 %–2 % del artículo 19 LAU para las viviendas afectadas, y valor libre para locales y temporada.

LAU art. 19 · INE tabla 10802 · Cap 0 %–2 % automático

Cómo calcular la actualización
de renta en 2026: guía práctica

¿Qué índice debo aplicar a mi contrato?

La respuesta depende del tipo de inmueble y de la fecha de firma. Para contratos de arrendamiento de vivienda habitual cuya actualización anual sea posterior a octubre de 2024, el índice de referencia obligatorio es el IRAV, publicado mensualmente por el INE en cumplimiento de la disposición adicional undécima de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

Para actualizaciones entre enero de 2022 y octubre de 2024, se aplicaron topes extraordinarios: el 2 % del RDL 6/2022 (hasta marzo de 2023) y el 3 % del RDL 1/2023 (de abril de 2023 a octubre de 2024). Si el contrato se rige por el artículo 18 LAU y la actualización cae en esos periodos, la calculadora aplica el tope correcto de forma automática.

¿Cómo se calcula el IRAV?

El INE define el IRAV como el valor mínimo entre cuatro variables: la tasa de variación anual del IPC, la del IPC subyacente, y las tasas medias ajustadas de ambos índices calculadas como diferencia respecto a un parámetro de inflación esperada a medio plazo. Este mecanismo garantiza que el tope de actualización sea siempre inferior a la inflación general, protegiendo la capacidad adquisitiva del arrendatario.

El IRAV se publica entre los días 11 y 15 de cada mes, con referencia al mes anterior. Para la actualización de una renta, se usa el último IRAV publicado antes de la fecha de aniversario del contrato.

¿Y si el contrato es de local de negocio?

Los contratos de arrendamiento para uso distinto del de vivienda (locales, oficinas, garajes, trasteros) se rigen por el artículo 19 de la LAU y el índice aplicable es el IGC (Índice de Garantía de Competitividad). En ausencia de pacto, no existe obligación de actualizar la renta. Los contratos de temporada quedan fuera del ámbito del artículo 18 LAU y pueden actualizarse libremente según lo acordado.

¿Cómo notificar al arrendatario la nueva renta?

El arrendador debe comunicar por escrito la actualización antes de que surta efecto, indicando el índice aplicado, la variación porcentual y la nueva renta resultante. La calculadora genera la carta de notificación completa, con todos los datos y la referencia normativa correcta, lista para imprimir o enviar por correo electrónico.

RDL 8/2026: vigente solo 38 días — derogado el 28 de abril de 2026

El Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, introdujo un tope del 2 % para actualizaciones de renta de vivienda habitual con aniversario a partir del 21 de marzo de 2026. Sin embargo, el Congreso de los Diputados lo derogó el 28 de abril de 2026, tras solo 38 días en vigor. Desde el 29 de abril de 2026, vuelve a aplicarse el IRAV publicado por el INE sin ese tope adicional del 2 %.

Para los contratos cuyo aniversario cayó entre el 21 de marzo y el 28 de abril de 2026, el tope del 2 % fue aplicable durante ese breve periodo. La calculadora distingue correctamente este tramo: para aniversarios exactamente en marzo de 2026, solicita que el usuario indique si el vencimiento fue antes o desde el 21 de marzo, evitando un default incorrecto.

Durante su vigencia, el RDL distinguía entre grandes tenedores (más de 10 inmuebles urbanos residenciales) y el resto de arrendadores. Para los grandes tenedores el tope era obligatorio con independencia de cualquier pacto; para los demás operaba en ausencia de acuerdo diferente.

El RDL 8/2026 también habilitó una prórroga extraordinaria de hasta 2 años para arrendatarios en situación de vulnerabilidad o sin alternativa habitacional. La calculadora conserva el modal de solicitud de prórroga para contratos cuyo aniversario quedó dentro del periodo de vigencia del RDL.

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Diferencial

3 índices. 1 herramienta.
Ninguna calculadora genérica lo cubre todo.

La mayoría de calculadoras en línea solo implementan el IPC. Esta herramienta cubre los tres índices vigentes con los topes correctos desde 2022 hasta hoy.

Capacidad Calculadoras genéricas Esta herramienta
IPC General (LAU art. 18)⚠ Solo en algunas✔ Integrado
IRAV — Ley 12/2023 (desde nov·2024)⚠ Raramente integrado✔ Integrado
IGC — Locales de negocio (art. 19)⚠ Raramente integrado✔ Integrado
Topes legales automáticos por mes⚠ Manual o no aplicados✔ Automático
Wizard: recomienda el índice correcto✘ No✔ Sí
Carta de notificación al arrendatario⚠ Normalmente no✔ Genera automáticamente
Tope RDL 8/2026 (vigente 21/03–28/04/2026, derogado) y prórroga extraordinaria✘ No✔ Integrado — normativa exacta por fecha
Datos INE actualizados mensualmente⚠ Actualización variable✔ Plugin automático

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre
la actualización de renta

Desde noviembre de 2024, la actualización anual de contratos de arrendamiento de vivienda habitual se rige por el IRAV, definido por el INE en cumplimiento de la Ley 12/2023. Para contratos de locales de negocio y uso distinto, el índice aplicable es el IGC según el artículo 19 de la LAU. Los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023 que no se hayan renovado pueden seguir usando el IPC como referencia del artículo 18 LAU.
El IRAV de marzo de 2026, publicado por el INE el 15 de abril de 2026, es del +2,47 %. Los valores durante 2025 oscilaron entre el +1,98 % de marzo y el +2,32 % de diciembre. La calculadora selecciona automáticamente el valor correcto según la fecha de aniversario del contrato. El RDL 8/2026 estableció un tope del 2 % para vivienda habitual desde el 21 de marzo de 2026, pero fue derogado el 28 de abril de 2026. Para aniversarios desde el 29 de abril de 2026 en adelante, vuelve a aplicarse el IRAV sin ese tope adicional.
El IPC es la referencia del artículo 18 LAU para contratos anteriores a la Ley 12/2023. El IRAV es el nuevo índice obligatorio para vivienda habitual desde noviembre de 2024, calculado como el mínimo de varias tasas de variación del IPC, siempre inferior a la inflación general. El IGC se aplica a locales de negocio según el artículo 19 LAU, con un cap del 0 %–2 % para viviendas y libre pacto para locales y uso distinto.
El tope del 3 % (RDL 1/2023) se aplicó de abril de 2023 a octubre de 2024. A partir de noviembre de 2024, el tope es el IRAV. Para actualizaciones entre enero de 2022 y marzo de 2023, el tope fue el 2 % por el RDL 6/2022. La calculadora detecta el periodo automáticamente y aplica el límite legal que corresponda, sin intervención del usuario.
El arrendador debe comunicar por escrito la nueva renta, indicando el índice aplicado, la variación porcentual y la referencia normativa. La notificación debe realizarse antes del periodo de actualización para que surta efecto desde la mensualidad siguiente. La calculadora genera automáticamente la carta de notificación con todos los datos cumplimentados, lista para imprimir o enviar.
No. El IRAV es exclusivo de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual (LAU art. 18). Los contratos de local de negocio, oficinas y garajes se rigen por el IGC (LAU art. 19) o, en ausencia de pacto, no tienen obligación de actualización. Los contratos de temporada tampoco quedan sujetos al IRAV, al no estar incluidos en el ámbito del artículo 18 LAU.
El Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, estableció para contratos de arrendamiento de vivienda habitual un tope máximo del 2 % en las actualizaciones anuales con aniversario a partir del 21 de marzo de 2026. Sin embargo, el Congreso de los Diputados lo derogó el 28 de abril de 2026, solo 38 días después de su entrada en vigor.

Solo afecta a contratos cuyo aniversario cayó entre el 21 de marzo y el 28 de abril de 2026. Para aniversarios desde el 29 de abril de 2026, vuelve a aplicarse el IRAV publicado por el INE sin el tope del 2 %. Para los contratos en el periodo de vigencia, los grandes tenedores (más de 10 inmuebles) estaban sujetos al tope con independencia de cualquier pacto; el resto de arrendadores, en ausencia de acuerdo diferente con el arrendatario.

El RDL también reguló una prórroga extraordinaria de hasta 2 años para arrendatarios en situación de vulnerabilidad o sin alternativa habitacional. La calculadora aplica la normativa exacta según la fecha de aniversario y conserva el modal de solicitud de prórroga para los contratos que quedaron dentro del breve periodo de vigencia del RDL.

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