Dentro de la terminología que los abogados solemos utilizar en relación con las lesiones derivadas de un accidente de tráfico hay algunos conceptos que tienden a confundirse. Dos de ellos son las secuelas y los diferentes tipos de incapacidad a consecuencia de dicho accidente de circulación. Si bien están relacionados (si las secuelas son importantes, pueden implicar un grado de incapacidad para el desempeño de la ocupación habitual del accidentado), no son lo mismo.
Las secuelas son aquellas dolencias o marcas (en este caso hablaríamos de perjuicios estéticos) que subsisten tras alcanzar la víctima del accidente de tráfico el alta. Pueden ir desde lo que se conoce como el síndrome del latigazo cervical (la lesión más común, sobretodo en accidentes cuya dinámica implica una colisión trasera) hasta limitación en la rotación de un hombro, pérdida de fuerza o paresterias en una mano, dolores de cabeza, estrés postraumático, pérdida de audición, etc. Estas secuelas son valoradas y reclamadas junto con los días de sanidad del lesionado, y para su cálculo los abogados especializados en accidentes de tráfico como FM Abogados Tenerife utilizamos lo que se conoce como baremo de tráfico.
Ocurre, como decíamos antes, que si las secuelas son importantes o bien el trabajo habitual del accidentado implica unas condiciones físicas especiales que ya no se dan tras el accidente, puede concurrir además de las secuelas una incapacidad laboral en alguno de sus grados. A los efectos de reclamación en asuntos de circulación existen tres tipos de incapacidad: la permanente (para todo tipo de trabajos), la total (para el trabajo habitual del lesionado) o la parcial (que si bien no impide el normal desarrollo del trabajo habitual del lesionado, sí que lo dificulta).
Obviamente, como decimos y salvo para el caso de la incapacidad permanente, habrá que estar (y acreditar) al trabajo habitual del lesionado en un accidente de tráfico para saber si sus lesiones le acarrean una incapacidad. Por ejemplo, una disminución en la audición puede no ser importante para un carpintero, pero sí para un músico. En FM Abogados Tenerife recomendamos que consulten con un despacho especializado para estudiar su caso concreto.
De existir algún grado de incapacidad provocado por las lesiones sufridas en el accidente de tráfico, en el baremo publicado anualmente por el ministerio de hacienda se actualizan cada año las cantidades máximas y mínimas que se pueden percibir por dicha incapacidad. Negociarlas o reclamarlas al alza es trabajo de su abogado, así que confíe en él.
Fuente/Aportación: FM Abogados Tenerife
Fecha: 29/07/2013
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