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Indemnización por secuelas en accidente

Indemnización por secuelas en accidente de tráfico, cómo calcularla

Le hemos explicado en otras ocasiones las cantidades que ha de cobrar por días de baja si ha sufrido un accidente de tráfico en Tenerife. Hoy vamos a prestarle atención a la indemnización por secuelas.

Entendemos por secuela toda aquella limitación, dolor o cicatriz que perdura una vez obtenemos el alta médica. Puede abarcar desde una placa para consolidar una fractura hasta un estado depresivo postraumático pasando por cervicalgias derivadas de un latigazo cervical. Pueden permanecer para siempre o ir remitiendo con el tiempo, pero como decimos han de persistir tras el alta médica o de rehabilitación para poder hablar de secuelas.

Para calcular la indemnización por secuelas derivadas de accidente de tráfico que nos pueda corresponder necesitamos varias cosas: para empezar, el informe de alta, con expresión del estado en que nos encontramos una vez finalizamos el periodo de curas o rehabilitación. Lo ideal sería tener un informe médico forense elaborado por un facultativo del juzgado de Tenerife más próximo a nuestro domicilio (para obtener el cual es preciso que se interponga- preferiblemente a través de un abogado especializado en accidentes de tráfico- una denuncia dentro del plazo de seis meses a contar desde el siniestro).

Precisamos también de dos baremos de tráfico: el general, donde se recogen los puntos mínimos y máximos en que se valora todas las secuelas que el legislador previó en su momento que podría sufrir una persona a raíz de un accidente de circulación, y el publicado cada año por el Ministerio de Hacienda donde se estabblece la indemnización por secuelas correspondiente en base al número de puntos de cada accidentado. Es importante tener presente que el baremo aplicable es el que corresponde al año en que se obtiene el alta médica, y no aquel correspondiente a la fecha del accidente.

Para calcular el valor de las secuelas es preciso también tener presente la edad del lesionado en el momento de sufrir el accidente de tráfico (no en el momento de obtener el alta médica). Cuanta menor edad tenga el lesionado, más se pagará por cada punto de secuela.

Un error muy común a la hora de calcular la indemnización por secuelas, incluso entre algunos abogados no especializados en accidentes de tráfico, es sumarlas y con la cantidad de puntos resultantes hacer la traslación a dinero en base a la edad del accidentado. El baremo en cambio lo que nos dice es que cuando hay más de una secuela se debe utilizar esta fórmula:

(100-M) x m/100 + M

donde la eme mayúscula es la secuela de mayor valor y eme minúscula la de menos. Si el número resultante tiene decimales, se redondea a la unidad más alta y dicho importe pasa a ser la nueva cantidad mayor que -si hay más secuelas- a su vez se vuelve a recalcular con la siguiente secuela de menor valor, hasta obtener el número final que es el que se pasa por la tabla del baremo para calcular la indemnización por secuelas real. Se ha de tener en cuenta que esta fórmula es sólo para las secuelas funcionales, no para aquéllas de tipo estético, que esas sí se suman sin fórmula polinómica descrita.

A la cantidad final se puede adicionar un porcentaje si el lesionado estaba trabajando en el momento de sufrir el accidente de tráfico o cuanto menos se hallaba en edad laboral.

Hay más detalles a tener en cuenta, esta explicación es para que se haga una idea de qué indemnización por secuelas pudiera llegar a corresponderle. En cualquier caso es completamente aconsejable que contrate los servicios de un despacho de abogados especializados en accidentes de tráfico como FM Abogados Tenerife.

Fuente/Aportación: FM Abogados Tenerife
Fecha: 17/02/2014

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