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Indemnización por accidente de moto

 

Si ha sufrido un accidente de moto en Tenerife y ha resultado con lesiones, tiene derecho a cobrar una indemnización siempre que la culpa no recaiga sobre usted.

En principio tanto el procedimiento para reclamar su indemnización como la cantidad que mediante la ley del baremo puede cobrar por sus lesiones son los mismos que si hubiera sufrido un accidente de coche o es usted un peatón que ha sufrido un atropello. La problemática que presentan los accidentes de tráfico en que interviene una moto es que resulta más difícil a falta de parte amistoso entre los conductores atribuir la culpa a uno u otro vehículo.

Me explico: cuando en un accidente intervienen dos coches, la propia localización de los daños en los vehículos ya sugiere en la inmensa mayoría de ocasiones de quién es la culpa (típicos daños por alcance trasero en que uno de los coches presenta una abolladura en la parte trasera, y otro en la delantera, o bien daños frontal-lateral en un cruce con preferencia, o raspaduras cuando la colisión se produce por una maniobra de adelantamiento mal ejecutada, etc)

En cambio, cuando en un accidente de tráfico hay implicada una moto, habitualmente los daños materiales de la misma suelen estar más repartidos, dado que en la mayoría de casos la motocicleta es arrastrada por el suelo con carácter previo o posterior al impacto, sea para evitar el accidente o a consecuencia de la colisión. Resulta, por lo tanto, más difícil realizar una reconstrucción fiable del siniestro que permita atribuir la culpa del mismo a uno u ogtro conductor, situación que además se acrecienta debido a que las motos pueden realizar maniobras de adelantamiento o rebase de forma distinta a como lo haría un vehículo de cuatro ruedas.

A mayor abundancia – y esto lo hemos podido constatar con bastante frecuencia en FM Abogados Tenerife- existe una cierta tendencia a atribuir la culpa de un accidente de tráfico al motorista en caso de dudas. Esa creencia que parte de una generalización de unos pocos casos y que percibe a los motoristas como amantes de la velocidad y el riesgo conlleva que inconscientemente se le achaque al conductor de una moto un comportamiento antirreglamentario que muchas veces no se sustenta en hechos ni en testigos, sino en la mera “mala fama” del sector de las dos ruedas.

Es por ello que aunque en teoría, como decíamos al inicio del artículo, quien ha tenido un accidente de moto tiene derecho a cobrar la misma indemnización que el resto de perjudicados, por nuestra experiencia como abogados de accidentes de tráfico en Tenerife sí podemos decirle que las posibilidades de precisar llegar a juicio para obtener dicha indemnización casi triplica a la de los conductores de vehículos de cuatro ruedas, que en la gran mayoría de casos son indemnizados antes de llegar a juicio una vez conseguimos el informe forense que acredita los días de sanidad y secuelas sufridos.

En cualquier caso, y previniendo lo expuesto, si ha sufrido un accidente de moto en Tenerife y no hay posibildad de hacer un parte amistoso con el otro conductor, pida el nombre, número de DNI y dirección de cuantos testigos presenciales haya, y si acude la policía local o la guardia civil aporte dichos datos para que los incluyan en el atestado.

Fuente/Aportación: FM Abogados Tenerife
Fecha: 17/01/2014

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