60. Valor de Mercado
La Acreedora debe resolver los daños con su asegurado dentro de los límites de los Convenios, se recomienda que se evolucione hacia la indemnización del valor de mercado (muchas entidades ya lo hacen) en lugar del valor venal.
Sólo a efectos de los Convenios CIDE/ASCIDE se define Valor de mercado: como el precio que nos costaría adquirir un vehículo de características, antigüedad, uso y estado similar al siniestrado (incluyendo tasas e impuestos) en el momento anterior al siniestro. En revistas especializadas, se define como el precio de venta.